Los ecuatorianos que circulen por el país con llantas lisas o en mal estado, están expuestos a sanciones dictaminadas por el Código Orgánico Integral Penal (COIP) del Ecuador y de la ANT.
Esto va dirigido a conductores de motos, de vehículos particulares, y de transportes públicos.
No olvides que unos neumáticos en buen estado reducirán los riesgos de accidentes de tránsito y de tener sanciones a futuro.
Otras sanciones:
Privación de libertad
Según el Art. 383 del COIP, manejar con llantas lisas o en mal estado será penado con:
- 5 a 15 días de privación de libertad para los conductores de vehículos particulares o motos.
- 30 días de privación de libertad para los conductores del transporte público.
Ver también: Consulta de cauas o procesos judiciales en Ecuador
Reducción de puntos en la licencia
Según el Art. 383 del COIP, conducir con llantas lisas también será sancionado con:
- Reducción de cinco puntos en la licencia para los conductores de vehículos particulares o motos.
- Reducción de 10 puntos en la licencia de conducir para los conductores del transporte público.
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¿Hay multa económica por circular con llantas lisas?
No hay sanción monetaria por circular con llantas en mal estado en el Ecuador.
Pero como mencionamos, las multas tienen que ver más con la reducción de los puntos en la licencia y la privación de libertad de los conductores.
Es más, en caso de producirse un accidente de tránsito con muerte, el COIP sanciona con tres a cinco años de cárcel por muerte culposa de una o más personas en un accidente vial.
Por eso se recomienda cambiar las llantas cuando la banda de rodadura tenga el labrado mínimo (el mínimo aceptado por ley es de 1.6 mm, pero esto ya es muy riesgoso), cuando hayan pasado de su fecha de caducidad (DOT), cuando tengan huecos mayores a 6 mm, y en general, cuando tengan daños irreparables (roturas, lisas, deformaciones).
Recuerda: deben ser cambiados, no reparados.
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