¿Tienes que registrar los contratos laborales y los datos de tus empleados al Sistema Único de Trabajo (SUT) del Ministerio del Trabajo?
El trámite es bastante sencillo y lo puedes hacer sin la necesidad de contratar un servicio externo. Aquí te detallamos los pasos si vas a inscribir los contratos de trabajo en el SUT por primera vez.
Ver también:
Pasos para registrar los contratos de trabajo en el SUT
- Ve al sistema online del SUT del Ministerio de Trabajo sut.trabajo.gob.ec. Da clic en «Ingresar».
- Escoge la opción «Sistema para personas jurídicas y naturales».
- Si es tu primera vez, debes crear un usuario como empleador. Para ello da clic en el botón «Registro de nuevo empleador» que se ubica al lado izquierdo. Se te abrirá una venta donde deberás ingresar la información del empleador: nombres, documentos de identificación, tipo de empresa, etc. También te pedirán un correo electrónico y una clave. Completado los campos, te enviarán al correo electrónico el usuario y la contraseña.
- Vuelve a la página principal del SUT e inicia sesión.
- Selecciona la opción «Datos del trabajador y Actas de Finiquito».
- En el menú desplegable pulsa «Datos del trabajador» y elige «Ingreso datos del trabajador» (segunda opción).
- Acepta los Términos y Condiciones de Uso.
- En la primera sección (UBICACIÓN), llena los datos correspondientes a la ubicación del trabajador (región, provincia, tipo de contrato, etc.) y da clic en «Continuar».
- En la siguiente sección (EMPLEADO) llena los campos de identificación (nombres, fecha de nacimiento, tipo de identificación, etnia, teléfonos, correo electrónico, etc.).
- Continúa llenado las demás secciones.
- Finalmente, en la sección DATOS ADICIONALES, sube el archivo del contrato de trabajo al sistema, especifica la fecha de inicio laboral, el número de horas de trabajo, el cargo, la remuneración, etc., y da clic en «Guardar».
- Si deseas registrar más empleados, elige la opción «Nuevo Trabajador» y repite el proceso.
No hay inconveniente si no tienes el contrato de manera física, pero asegúrate de registrar correctamente los detalles del trabajador. Esa información inscrita podrás imprimirla posteriormente cuando lo requieras.
Lee también:
- Actualización de hoja de vida Socio Empleo
- Certificado de no tener impedimento legal para cargo público
- Pensión por Jubilación Patronal
¿Para qué tipo de empleados aplica la norma del Ministerio de Trabajo?
Según el Ministerio del Trabajo, la norma aplica para todos los trabajadores dependientes y del sector del servicio doméstico.
Es decir, tanto para los ayudantes de un gabinete de belleza o de una cafetería, como para los dependientes de una tienda y hasta para los empleados domésticos.
Sanciones por no subir contratos laborales en el SUT
Desde el 2015 está en vigencia la normativa de registrar los datos de los trabajadores y subir sus contratos de trabajo en el sistema en línea del Ministerio del Trabajo.
Si no se lo hace, el MDT sancionará al ciudadano con multas económicas por cada trabajador no registrado:
- Primera sanción: $50.
- Primera reincidencia: $100.
- Segunda reincidencia: $200.
El proceder se dará de la siguiente manera:
- Un inspector de trabajo informará al empleador para que en el lapso de cinco días ejerza su derecho a la defensa.
- Si no justifica el incumplimiento, el Director Regional del Trabajo sancionará al empleador con las multas especificadas.
- La suma de las sanciones por falta de registro de trabajadores en el SUT no podrá sobrepasar los 20 salarios básicos unificados.
Te recordamos que subir el contrato de su trabajador en el SUT es OPCIONAL, pero SÍ ES OBLIGATORIO que lo registre en el sistema y que indique el tipo de contrato, incluso si es verbal.
El Ministerio del Trabajo hace cruce de información con la base del IESS para verificar si el empleador tiene el mismo número de trabajadores registrados en el SUT en relación al número de trabajadores que están afiliados al Seguro Social
Ver también: Consultar si mi contrato de trabajo está en el Ministerio de Trabajo
¿Qué es el Sistema Único de Trabajadores (SUT)?
El SUT es un nuevo sistema que unifica distintas funcionalidades del Ministerio del Trabajo es una sola plataforma, entre ellas el Sistema de Administración Integral de Trabajo y Empleo (SAITE), el Sistema Integrado Informático de Talento Humano (SIITH), Calculadoras, Salarios y Certificados.
Con esta unificación, las empresas públicas, privadas y los ciudadanos pueden ingresar al sistema para acceder a distintos servicios.
Servicios empresas públicas
- Registro de empresas públicas.
- Selección del personal.
- Sistema Integrado Informático de Talento Humano (SIITH).
Servicios empresas privadas
- Ingreso de datos del trabajador y contratos laborales.
- Actas de finiquito
- Aprobación de reglamentos internos.
- Aprobación de reglamento de higiene y seguridad.
- Servicios de Salarios en línea.
- Ingreso de Vacantes en la Red Socio Empleo.
Servicios ciudadanía
- Consulta y cálculo de compensaciones.
- Certificaciones de no tener impedimento
- Certificaciones de dependencia laboral.
- Salario digno.
- Jubilación personal.
- Liquidaciones.
Fuentes: www.nmslaw.com.ec
por favor quisiera saber como registro a una empleafda domestica a la cual nunca se le hizo un contrato, el contrato fue verbal y esta asegurada.
¿La ingreso como contrato verbal o como contrato empleada domestica??
Estimada,
Le recomiendo que le haga un contrato de trabajo, aunque si no tiene contrato físico ahorita no hay problema si no lo sube al SUT. Pero sí debe ingresar los datos de la trabajadora, y asegúrese de que la fecha de ingreso coincida con la fecha del seguro social, pues el ministerio hace un cruce de información con la base de datos del IESS.
Saludos.
Buenas noches ingresé mis datos como empleador el día sábado 6 de enero pero no me llega al correo la clave. Trate de hacerlo hoy y me sale el mensaje que ya esa cédula ésta inscrita pero no tengo la clave
Estimada,
1. Revise la bandeja de «Correos No deseados» o de «Spam» de su correo electrónico, porque podría ser que le haya llegado el mail con la clave ahí.
2. Caso contrario, si el problema persiste, comuníquese al 1800 266 822 y notifique del problema.
Saludos.
Buen día,
¿Los contratos anteriores al 2014, que se encuentren vigentes, ya sellados y firmados por el Ministerio de Trabajo, deben ser subidos al SUT?
Estimada,
En realidad en el SUT importa más el registro de los datos del trabajador; no tanto si se sube o no el contrato (aunque se debe indicar el tipo de contrato, fecha de ingreso, horas laborales). Igual lo recomendable es siempre registrar los datos y subir los contratos.
Si ud tiene todo en orden, con los contratos ordenados en caso de que le hagan inspección, no tiene porqué recibir multa, si eso le preocupa.
Saludos.
Buen dia, por favor deseo saber si los contratos de empleados antiguos que ya fueron liquidados y registrados y sellados en el ministerio de trabajo también deben subirse al SUT?
Estimada,
Si ya firmó en el ministerio el acta de finiquito de sus empleados antiguos, no hay necesidad de registrarlos en el SUT. Caso contrario, debe registrar el acta de finiquito.
Saludos.
Hola… Una consulta, si se trabaja 8 horas diarias de lunes a viernes en el campo que dice » Jornada Mensual (horas):*» que debo poner… por la atencion gracias.
Estimada,
Si son 8 horas diarias de lunes a viernes, en un mes se trabajaría 160 horas.
Estimados, tengo un empleado que se ingreso al iess en diciembre 2017, tambien tengo plazo hasta el 24 de enero del presente para subir su contrato?. Gracias
Estimada,
Sí, debe ingresar el contrato hasta el 24 de enero.
Saludos.
Tengo desde el día Viernes 05 de enero que quiero ingresar unos contratos de trabajadores pero no puedo hacerlo la pagina sale que tiene problemas. Como hago para opcionar a esta sin que tenga problema? vivo en Esmeraldas.
Estimada,
Otras personas también han reportado problemas en el sistema del SUT. Podría llamar al 1800 266 822 y notificarles sobre el problema, si aún persiste.
Saludos!
si tengo un empleado por mas de cinco años afiliado y sin contrato fisico, solo fue verbal, como procedo hacer el ingreso en la pagina del ministerio
Estimado,
Por obligación tiene que hacerle un contrato de trabajo a su empleado. Lo puede registrar, pero le recomiendo que le haga el contrato.
Saludos.
Buenas tardes, queria saber si tambien es obligacion registrar en el SUT a las empleadas domesticas?
Estimada,
Sí es obligación registrar a las trabajadoras del servicio doméstico en el SUT.
Saludos.
Buenas tardes, tengo 1 pregunta:
Si deseo inscribir a unos empleados pero no cuento con el contrato de forma física, puedo registrar la información y luego cargar los contratos escaneados? o es necesario subirlos en el instante que se registran?
Estimada,
No hay problema si no sube los contratos al instante. Pero procure llenar correctamente todos los demás campos que le solicitan al momento del registro. Luego puede volver al sistema y cargar los contratos. Recuerde de todas maneras que el plazo para registrar a los empleados en el SUT se extendió hasta el 24 de enero.
Saludos.
Buenas tardes,
Estoy tratando de crear un usuario como nuevo empleador en la página del SUT pero al ingresar el número de cédula de mi esposo (quien es el empleador) me indica que ya está registrado…..entonces ingresé nuevamente a la página del SUT y al querer ingresar directamente me pide clave y contraseña…cuál sería esa clave y contraseña?
Saludos,
Verónica Perez
Estimada,
Si le salió el mensaje de que ya está registrado, significa que previamente se creó un usuario con los datos del empleador (en ese caso su esposo) y posiblemente se haya registrado también un nombre de usuario y contraseña. Si su esposo o ud. desconocen cuál es la contraseña o no la recuerdan, una forma en la que podrían saberla es dirigirse al correo electrónico con el que se creó el usuario (el correo de su esposo) y buscar en la bandeja de entrada un mensaje del SUT Ministerio de Trabajo.
Saludos.
hola no puedo ingresar mi reglamento de seguridad laboral porque tengo el numero de empleados en 0 debo ingresar uno a uno los datos de los empleados o hay alguna manera de ingresar el dato del total de los trabajadores
Estimado,
Tiene que registrar uno por uno a sus trabajadores, porque cada empleado tiene cualidades distintas (fecha de ingreso a la empresa, sueldo, tipo de contrato, horario de trabajo, etc). Le recomiendo que los ingrese uno a uno.
Saludos.
PORFA FAVOR TENGO UNA EMPLEADA DOMESTICA EMPEZO A TRABAJAR EN DICIEMBRE DE ESTE AÑO PERO TRABAJA DOS DIAS,, YA ME REGISTRE EN EL SUT, PERO NO SE DESPLIEGA EL INGRESO AL TRABAJADOR NO HAY LA OPCION ?
Estimada,
Una vez que creó su usuario e inicia sesión, le aparece una ventana donde debe elegir la opción «Datos del Trabajador y Actas de Finiquito». Luego le aparecen 3 opciones desplegables en el menú. Ud vaya a la que dice «Datos del trabajador» y elija la opción «Ingreso datos del trabajador». De ahí proceda a llenar los campos y listo.
Saludos.