¿Cómo retirar los fondos de cesantía IESS?

A continuación te explicaremos cómo retirar los fondos de cesantía del IESS, un «ahorro» que todos los afiliados al Seguro Social tienen guardados en sus cuentas individuales.

Los afiliados pueden retirar su cesantía IESS cuando se quedan sin empleo, ya sea por renuncia o por despido.

El trámite de solicitud es en línea, y para el retiro se debe cumplir con los requisitos que establece el IESS.

Ver también: Retiro de los fondos de reserva del IESS

Requisitos para retirar Cesantía IESS

Los requisitos para el retiro dependen del tipo de afiliado y la circunstancia de la solicitud:

Afiliados bajo relación de dependencia

  1. Tener 24 aportaciones no simultáneas (no consecutivas) – Ver número de aportaciones
  2. Tener fondos acumulados de cesantía – Consultar los fondos de cesantía acumulados
  3. Estar cesante (sin trabajo) por un periodo mínimo de 60 días.
  4. Poseer la clave de afiliado – Generar clave de IESS por primera vez
  5. Tener una cuenta bancaria registrada en el IESS – Registrar cuenta bancaria en el IESS por Internet
  6. Presentar la justificación de desempleo otorgado por una autoridad o inspector de trabajo.
  7. No tener préstamos quirografarios vigentes ni obligaciones patronales pendientes de pago.

¿Olvidaste la clave? Recuperación de clave del IESS en línea

Afiliados con permiso de paternidad o maternidad 

A parte de los requisitos anteriores:

  1. Tener el permiso por maternidad y paternidad registrado en el sistema de Historia Laboral.
  2. Estar dentro de los tres días posteriores a la terminación de la licencia con sueldo.

Ver también: Extensión del permiso de paternidad

Afiliados voluntarios y jubilados

  1. Sin tiempo de espera (solicitud inmediata).
  2. No hay número de aportes por cumplir.
  3. Contar con la clave personal al IESS.
  4. Tener registrada una cuenta bancaria en el Seguro Social.
  5. No tener solicitudes registradas para el Seguro de Desempleo.
  6. Carecer de préstamos quirografarios vigentes y de obligaciones patronales pendientes.

Mira también: IESS afiliación voluntaria en línea

Afiliados Fallecidos

Si el afiliado fallece, sus hijos y cónyuge pueden retirar los fondos de cesantía que haya tenido acumulado:

  1. Original de la partida de defunción.
  2. Copia de cédula de identidad del afiliado fallecido.
  3. Original de la partida de matrimonio (si estuvo casado).
  4. Copias de cédulas de identidad del cónyuge e hijos menores de edad (si los tuviere).
  5. Certificado bancario de todos los beneficiarios mayores de edad con derecho.
  6. Posesión efectiva o copia certificada.
  7. Retiro sin tiempo de espera.

Ver también:

Solicitud de retiro de los fondos de cesantía IESS

  1. Ingresa a www.iess.gob.ec.
  2. Elige Trámites Virtuales > Asegurados > Afiliados > Cesantía (clic aquí).
  3. Ingresa a tu cuenta con tu usuario y clave de afiliado.
  4. Da clic en la opción «Solicitud» para registrar la solicitud de devolución del fondo de cesantía.
Solicitud para devolución de los fondos de cesantía
  1. Se abrirá una ventana en el que aparecerán tus datos personales, el estado de la cuenta individual, las condiciones de afiliación y si cumples o no con los requisitos. Si los cumples, el sistema te habilitará el botón «Continuar». Da clic ahí.
Requisitos para retirar los fondos de cesantia
  1. Se abrirá otra ventana con la «Liquidación Preliminar de Cesantía». Es decir, la cantidad que solicitas para la devolución. Da clic en Continuar.
  2. Aparecerá la ventana de «Acuerdo de Notificación». Clic en Continuar y re-confirma para generar la orden de pago.
  3. Si deseas imprimir la solicitud de devolución de la cesantía, haz clic en Imprimir. Caso contrario, haz clic en Finalizar.

Si quieres darle seguimiento a la orden generada, elige la opción «Órdenes de Pago» del tablero principal.

Ahí podrás verificar el estado de la orden y chequear la cuenta bancaria donde se realizará la acreditación de este fondo.

Te recomiendo ver este video tutorial donde se explica el mismo proceso:

¿Cuándo se puede retirar los fondos de cesantía?

La solicitud para la devolución de los fondos de cesantía IESS recién podrás hacerla al día 61 de estar cesante (sin empleo). No antes.

También debes haber acumulado como mínimo dos años de aportes. No importa si es de diferentes empleadores o si no son consecutivas.

Una vez retires tu cesantía, puedes volver a acumularla cuando aportes nuevamente al IESS.

Además, podrás retirar tus fondos de cesantía cuantas veces te quedes sin trabajo, siempre que en cada oportunidad reúnas los requisitos.

¿Cómo solicitar los fondos de cesantía de afiliados fallecidos?

El trámite es presencial y se lo realiza en cada Dirección Provincial a través de las Coordinaciones Provinciales de Prestaciones de Pensiones, Riegos del Trabajo, Fondos de Reserva y Seguro de Desempleo.

Procura llevar todos los requisitos anteriormente expuestos para este caso.

Cláusulas de retiro de la cesantía para afiliados fallecidos

  1. Los hijos menores de 18 años y los hijos de cualquier edad con discapacidad para trabajar no pueden retirar la cesantía del fallecido. Estos deben tener un representante legal para realizar el trámite.
  2. Si el fallecido no tiene hijos o cónyuges, la devolución le corresponderá a los padres del asegurado.
  3. Si dos o más familiares acuden a reclamar el fondo del afiliado fallecido, el IESS hará una exclusión y se realizará una distribución equitativa e igualitaria del capital acumulado.

Tiempo de acreditación de la cesantía del IESS

Los fondos de cesantía IESS se acreditan en la cuenta bancaria del afiliado en un máximo de 10 días laborales.

Pero si te acogiste al permiso por paternidad o maternidad, el pago se acreditará a los 61 días de haber registrado la solicitud de cesantía.

¿Qué es la cesantía dolosa?

Es un tipo de fraude y se da cuando el afiliado solicita los fondos de cesantía, pero continúa laborando durante los 60 días que debería estar cesante.

La multa por cesantía dolosa es:

  • Retención total del valor acumulado que tenía el afiliado en su cuenta individual.
  • No se considerará el tiempo de servicio en que se basó la cesantía anterior.

Fuente: www.iess.gob.ec

MÁS TRÁMITES:

Trámites Básicos Ecuador

Somos un grupo de periodistas y docentes dedicados a informar sobre los trámites ciudadanos que se realizan en Ecuador.

En este sitio web nos tomamos el tiempo de realizar el trámite paso a paso para facilitar la gestión a los ecuatorianos.

Todas las imágenes que se utilizan en nuestras publicaciones son de nuestra autoría, únicamente se tapa nombres o números de identidad por seguridad y para reservar la confidencialidad de quienes formamos parte de este portal.

Recibe más información en nuestro canal de Telegram @tramitesbasicosec

1 comentario en «¿Cómo retirar los fondos de cesantía IESS?»

  1. Buenos días, Tengan la vondad de informar ,las personas que aportan voluntariamente en el seguro campesino tambien tienen derecho a retirar fondos de cesantia, gracias.

    Responder

Deja un comentario