Requisitos para tenencia y porte de armas de uso civil en Ecuador

El Presidente de la República Guillermo Lasso anunció la tenencia y porte de armas de uso civil en el Ecuador como medida contra la delincuencia.

Desde la noticia, los ciudadanos se han preguntando ¿qué debo hacer para tener un arma de defensa personal?

Aquí hemos recopilado los requisitos y puntos importantes de la normativa sobre este tema, que también lo podrás encontrar en el Reglamento a la Ley sobre Armas, Municiones, Explosivos y Accesorios.

IMPORANTE: Esta publicación será actualizada según se publiquen los cambios en el reglamento acorde a las medidas dictadas.

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Requisitos para la tenencia y porte de armas

Para estar facultado de tener o portar un arma de uso civil en el Ecuador, los ciudadanos deben cumplir con los siguientes requisitos legales:

  1. Tener 25 años de edad.
  2. Certificado de la prueba psicológica emitido por el Ministerio de Salud Pública.
  3. Certificado de destreza en el manejo y uso del arma emitido por el Ministerio de Defensa Nacional.
  4. No registrar sentencia ejecutoriada condenatoria por la comisión de un delito.
  5. Carecer de antecedentes de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.
  6. Certificado de superar el examen toxicológico emitido por Ministerio de Salud Pública.
  7. Requisitos particulares según el permiso solicitado.

Aquí existen dos permisos: la tenencia de armas y el porte de armas.

Tenencia de armas

El permiso de tenencia de armas está parametrizada en el Sistema Nacional de Control de Armas (Sincoar), donde se debe realizar el trámite en línea y cuyo costo es de $20.

Según la ley, la autorización de tenencia de armas determina la cantidad, tipo, marca, fabricación, serie y calibre de las armas legalmente autorizadas y registradas en la Dirección de Logística del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

Quienes necesiten movilizar su arma, deberán hacerlo descargada, en fundas o cajas con las seguridades necesarias, y estando el artefacto y los proyectiles por separado.}

La tenencia de armas se renovará cada cinco años.

Porte de armas

El permiso de porte de armas está parametrizada en el Sistema Nacional de Control de Armas (Sincoar), donde se debe realizar el trámite en línea y cuyo costo es de $20.

Según la ley, quienes tengan permiso para portar un arma para su defensa personal podrán cargar consigo hasta el número de cartuchos correspondientes a la capacidad máxima de una alimentadora.

En casos especiales, se autorizará hasta un máximo de dos armas de uso civil.

El permiso para portar armas es válido en todo el territorio nacional, pero no se debe portarlas en manifestaciones, reuniones y más actos públicos de cualquier orden.

Tipos de armas de uso civil en Ecuador

Según el Art. 17 y 18 del reglamento, las armas de fuego de uso civil se clasifican en: defensa personal, uso deportivo, colección y seguridad privada.

En lo que respecta al tema de tenencia y porte de armas para defensa personal, el tipo de armas permitidas son:

  • Pistolas hasta el calibre 9mm, semiautomáticas con alimentadoras de hasta diez proyectiles.
  • Revólveres hasta el calibre 38.
  • Escopetas recortadas del calibre 10 al 410 o sus equivalentes.
  • Otras armas de las no previstas previa autorización del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

A este listado se le suma (Art. 20):

  • Pistolas de señales.
  • Armas electrónicas que produzcan efectos pasajeros sin pérdida de conocimiento.
  • Armas que disparan dardos paralizantes.
  • Lanzadores de arpones neumáticos accionados con carga de proyección.

Sobre el uso de armas de defensa personal

Te respondemos algunas preguntas frecuentes sobre el tema:

¿Cómo se llama la Ley que regula el porte y tenencia de armas en Ecuador?

El uso de armas en Ecuador está regulado en el Reglamento a la Ley sobre Armas, Municiones, Explosivos y Accesorios. Se espera la modificación con respecto al uso civil de armas.

Diferencia entre tenencia y porte de armas

El permiso de tenencia de armas permite tener en determinado lugar (casa, oficina) un arma autorizada, mientras que el permiso de portar armas permite llevar consigo las armas registradas. Es decir: si tu permiso es de tenencia, NO podrás llevar el arma contigo, sino sólo dejarla en el domicilio autorizado.

¿A quiénes no se les concede el permiso de tenencia y porte de armas?

A interdictos, dementes, fallidos mientras no hayan sido rehabilitados, a quienes carecen de domicilio en el Ecuador, a los de mala conducta notoria y a quienes no hubieren merecido el informe favorable de la Dirección de Inteligencia del Comando Conjunto FF.AA.

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